El pasado jueves 25 de julio se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden TED/765/2024, de 22 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la inversión en proyectos innovadores de energías renovables y almacenamiento, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables (Programa de energías renovables innovadoras), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
El objeto de esta orden es aprobar las bases reguladoras para la selección y concesión de las ayudas correspondientes al Programa de energías renovables innovadoras, a través de cinco programas de incentivos.
El ámbito de actuación del programa comprenderá todo el territorio nacional, si bien en cada convocatoria se podrá particularizar el ámbito geográfico de la subvención.
Podrán obtener la condición de beneficiarios en las correspondientes convocatorias que se celebren al amparo de esta orden de bases cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas, legal y válidamente constituidas.
Serán objeto de ayuda los proyectos enmarcados en los siguientes programas:
- Programa de incentivos 1: Proyectos innovadores de instalaciones agrivoltaicas con almacenamiento.
- Programa de incentivos 2: Proyectos innovadores de instalaciones fotovoltaicas flotantes en espacios artificiales con almacenamiento. Las instalaciones de podrán ser aisladas o conectadas a red, bien destinadas a venta de energía o a autoconsumo.
- Programa de incentivos 3: Proyectos innovadores de integración de renovables con almacenamiento en infraestructuras. En este programa 3, la tecnología utilizada podrá ser fotovoltaica o eólica o hidroeléctrica. Las instalaciones podrán ser aisladas o conectadas a red, bien destinadas a venta de energía o a autoconsumo.
- Programa de incentivos 4: Proyectos innovadores de autoconsumo colectivo con almacenamiento, con participación de consumidores vulnerables. En este programa 4, la tecnología utilizada podrá ser fotovoltaica o eólica. Las instalaciones sólo podrán ser destinadas a autoconsumo colectivo.
- Programa de incentivos 5: Proyectos innovadores de instalaciones de bombas de calor renovables.
Las bombas de calor instaladas bajo el programa de incentivos 5, proyectos innovadores de instalaciones de bombas de calor renovables, deberán tener un rendimiento medio estacional (SPF) superior a 2,415 para las aplicaciones de calor y para las aplicaciones únicamente de refrigeración, el requisito de eficiencia mínima del sistema de refrigeración, expresado como factor de rendimiento estacional primario, deberá ser superior a 1,4.
A efectos de cálculo de la ayuda, se considerará la potencia instalada de la instalación subvencionable. Para el programa 5, se tomará como potencia instalada la potencia extraída de la ficha técnica o especificaciones del fabricante de acuerdo con los ensayos de la norma UNE-EN 14511. Los proyectos innovadores de bomba de calor geotérmica podrán recibir ayudas por valor de 1.500 €/kW.
Las ayudas del nuevo programa de energías renovables innovadoras se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, como subvención a fondo perdido.
Plazo de remisión
La presentación de solicitudes se iniciará a las 09:00 horas del día 30 de septiembre de 2024, y finalizará a las 12:00 horas del día 18 de noviembre de 2024.
Forma de presentación
Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica de IDAE.