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Blog

Nuevas ayudas para eficiencia energética y energías renovables en explotaciones agrarias y comunidades de regantes

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha publicado la convocatoria de ayudas para empresas correspondiente a los Programas 1 y 2 del Real Decreto 251/2024, de 12 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de las intervenciones de intercambio de conocimientos y actividades de formación e información y servicios de asesoramiento, destinadas al sector agroalimentario y forestal, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027.

Estas ayudas tienen por objeto fomentar la transición energética en el sector agropecuario mediante la mejora del rendimiento energético de sus instalaciones y el impulso al autoconsumo de origen renovable.

El Programa 1 está dirigido a instalaciones de reciclaje y/o segunda vida de bienes de equipo para energías renovables. Las actuaciones subvencionables incluyen:

  • valorización (reciclaje y/o segunda vida) de paneles solares fotovoltaicos en un porcentaje superior al 85 % en peso y preparará para la reutilización y reciclará un porcentaje superior al 80 % en peso (subprograma 1.1);
  • valorización (reciclaje y/o segunda vida) de palas de aerogeneradores en un porcentaje superior al 65 % en peso y transformarlos en materias primas secundarias (subprograma 1.2);
  • valorización (reciclaje y/o segunda vida) de baterías en un porcentaje superior al 65 % en peso.
  • aerogeneradores

 

El Programa 2 está destinado a explotaciones agrarias de titularidad individual o asociativa, incluyendo cooperativas agrarias. Las actuaciones subvencionables deben encuadrarse en alguna de las siguientes categorías:

  • Proyectos de investigación industrial relativos a la investigación planificada o a la realización de estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos bienes de equipo o procesos industriales de fabricación enfocados al ecodiseño de bienes de equipo para energías renovables, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.
    Comprende la creación de componentes de sistemas complejos y puede incluir la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o en un entorno con interfaces simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesario para la investigación industrial y, en particular, para la validación de tecnología genérica.
  • Proyectos de desarrollo experimental que integren la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de nuevos o mejorados bienes de equipo o procesos industriales de fabricación enfocados al ecodiseño de bienes de equipo para energías renovables; puede incluir también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos bienes de equipo o procesos industriales de fabricación enfocados al ecodiseño de bienes de equipo para energías renovables.
    El desarrollo experimental podrá comprender la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de nuevos o mejorados bienes de equipo o procesos industriales de fabricación enfocados al ecodiseño de bienes de equipo para energías renovables, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a estos bienes o procesos de fabricación que no estén sustancialmente asentados; puede incluir el desarrollo de prototipos o proyectos piloto que puedan utilizarse comercialmente cuando sean necesariamente el producto comercial final y su fabricación resulte demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración y validación; el desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, aun cuando esas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos.
  • Estudios de viabilidad que incluyan la evaluación y análisis del potencial de un proyecto, con el objetivo de apoyar el proceso de toma de decisiones de forma objetiva y racional descubriendo sus puntos fuertes y débiles, y sus oportunidades y amenazas, así como de determinar los recursos necesarios para llevarlo a cabo y, en última instancia, sus perspectivas de éxito.

 

Los costes de inversión subvencionarles para cada uno de los programas se detallan en el Artículo 8 de las bases reguladoras de la convocatoria, accesibles a través del siguiente enlace. La documentación que deberá incluirse en la presentación de solicitudes se recoge en el Artículo 15 de las bases reguladoras.

Los importes máximos de las ayudas para cubrir los costes de inversión subvencionables serán los siguientes:

  • para las actuaciones del Programa 1, 30 millones de euros por empresa y por proyecto de inversión,
  • para las actuaciones del Programa 2 relativas a investigación industrial, 35 millones de euros por empresa y por proyecto,
  • para las actuaciones del Programa 2 relativas a desarrollo experimental, 25 millones de euros por empresa y por proyecto,
  • para las actuaciones del Programa 2 relativas a estudios de viabilidad, 8,25 millones de euros por estudio.

 

A los costes de inversión subvencionables se aplicarán, como máximo, las siguientes intensidades:

  • 40 % para las actuaciones del Programa 1, que podrá incrementarse hasta el 50 % o el 60 %, respectivamente, para medianas o pequeñas empresas;
  • 50 % para las actuaciones del Programa 2 relativas a investigación industrial, que podrá incrementarse hasta el 60 % o el 70 %, respectivamente, para medianas o pequeñas empresas;
  • 25 % para las actuaciones del Programa 2 relativas a desarrollo experimental, que podrá incrementarse hasta el 35 % o el 45 %, respectivamente, para medianas o pequeñas empresas;
  • 50 % para las actuaciones del Programa 2 relativas a estudios de viabilidad, que podrá incrementarse hasta el 60 % o el 70 %, respectivamente, para medianas o pequeñas empresas.

La presentación de solicitudes deberá realizarse por vía telemática a través de la sede electrónica del Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE).

En las próximas semanas se habilitará una página web para la convocatoria y se establecerán los plazos para la presentación de solicitudes.