GEOENRGÍA participó el 12 de junio en una jornada sobre la Directiva (UE) 2024/1275 de eficiencia energética en edificios EPBD en la Oficina Verde del Ayuntamiento de Madrid.
David Molina de ANDIMAT (Asociación Nacional de Fabricantes de Materiales Aislantes) explicó que la Directiva tiene que trasponerse al ordenamiento jurídico español y que se va a hacer a través de la modificación del Código Técnico de Edificación y de otras legislaciones nacionales. La trasposición debe realizarse antes del 26 de mayo de 2026. Además, la UE está trabajando sobre un Reglamento que desarrolle la Directiva.
El objetivo de la Directiva es lograr las cero emisiones en 2050 y teniendo en cuenta el parque de viviendas españolas, la mayoría de proyectos a emprender serán en forma de rehabilitaciones de edificios. Respecto al Certificado de Eficiencia Energética regulado en la Directiva, se obligará a la utilización de una identidad visual común para identificar la eficiencia energética de cada edificio y que utilizará una escala de la A a la G, correspondiendo la A a los edificios de cero emisiones.
Agustín Villar de ANESE (Asociación Nacional de Empresas de Servicios Energéticos) explicó que los Contratos de Rendimiento Energético, que considera instrumentos clave para alcanzar los objetivos de eficiencia energética, se trata de acuerdos contractuales entre el beneficiario y el proveedor del servicio y en el cual las inversiones realizadas (obras, instalaciones o suministros) se abonan como resultado de un nivel de mejora de la eficiencia energética.
Según el contrato acordado entre la empresa y el cliente, se puede empezar a recuperar parte del ahorro desde el inicio del contrato, alcanzando la totalidad del ahorro con la finalización del mismo:
- Traspaso de activos al cliente final
- Duración suficiente para recuperar la inversión
- Penalidades por incumplimiento
- Incremento remuneración por éxitos
En tercer lugar, participó Samuel Espinosa de ANERR (Asociación Nacional de Empresas de Rehabilitación y Reforma) ofreció información sobre las ventanillas únicas, donde:
- El usuario obtiene información sobre la renovación de edificios y viviendas
- El usuario obtiene información sobre las subvenciones disponibles para llevar a cabo las actuaciones y profesionales para gestionarlas
- El usuario obtiene información sobre las opciones de financiación
- El usuario poder encontrar profesionales para la redacción de la documentación técnica y administrativa y profesionales para llevar a cabo la ejecución material de las obras
Por último, intervino Pedro Vicente de ATECYR (Asociación Técnica Española de Climatización y Refrigeración) que explicó que los edificios de cero emisiones en 2050 (ZBE):
- No podrán generar emisiones de gases de efecto invernadero in situ asociadas a combustibles fósiles
- Su demanda energética deberá ajustarse a un umbral máximo fijado por el Estado miembro
- El uso anual total de energía primaria de los ZBE deberá quedar cubierto por energía procedente de fuentes renovables generadas in situo en las proximidades o energía procedente de fuentes libres de carbono
- Cuando sea viable, los edificios de cero emisiones deberán contar con la capacidad de reaccionar ante señales externas y adaptar su consumo, generación o almacenamiento de energía
- Todos los edificios de nueva construcción se ajustarán a los requisitos de ZEB a partir del año 2020, adelantándose al año 2028 para edificios de la administración pública.
Además, destacó que las calderas de combustibles fósiles deben ser eliminadas a más tardar en 2040.